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¿Dónde va la plata?Coronel Rosales · Punta Alta

¿Cómo pedís el detalle completo?

Generador de pedido + seguimiento · Ordenanza 3638 (Coronel Rosales)

La Ordenanza N° 3638 de Coronel Rosales (sancionada el 14/03/2017, promulgada el 16/03/2017) reconoce el derecho de cualquier persona a pedirle información al Departamento Ejecutivo y/o al Concejo Deliberante (Art. 2°). Además, el Art. 11° ya obliga al sitio oficial del municipio a publicar el detalle de gastos de compras y contrataciones, el padrón de proveedores y los gastos de contratación de personal — algo que hoy no cumple del todo. Un pedido bajo esta ordenanza no es pedir un favor: es exigir el cumplimiento de una obligación legal que ya existe.

El formulario de acá abajo arma el texto del pedido por vos, en tu propio navegador, listo para copiar, imprimir o descargar. El seguimiento de acá abajo del todo muestra los pedidos ya presentados y cuántos días hábiles pasaron desde entonces.

Qué cubre esto — y qué NO

La Ley Nacional 27.275 de acceso a la información pública no alcanza a los municipios. La Ley Provincial 12.475 y su Decreto 2549/04 rigen el Poder Ejecutivo provincial y solo instan (no obligan) a los municipios a adherir. Coronel Rosales se rige por su propia Ordenanza 3638, que además no establece qué pasa si no responden —no hay un "silencio = denegatoria" reglado—, así que el seguimiento de acá abajo documenta el silencio como lo que es: un hecho, no una sanción automática.

Base legal completa y qué hacer si no responden

Art. 3°: la ordenanza adhiere a los principios del Decreto Nacional 1172/03. Art. 6°: el pedido debe hacerse por escrito, identificando al peticionante, con domicilio real y un domicilio CONSTITUIDO dentro de Coronel Rosales, un objeto preciso, y puede solicitarse copia digital; hay que sellarlo con cargo y fecha en Mesa de Entradas. Art. 8°: el plazo para responder es de 30 días hábiles.

Si se cumple el plazo sin respuesta, el paso siguiente es un pronto despacho (Ordenanza General 267/80); si tampoco hay respuesta, corresponde un amparo por mora (Ley 12.008, Código Procesal Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires); después, un amparo (Ley 13.928); y, como última instancia, se puede acudir a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

Generá tu pedido

Se genera enteramente en tu navegador: nada de lo que completes acá se envía a ningún servidor.

Requisito del Art. 6°: el domicilio donde te van a poder notificar, dentro del partido de Coronel Rosales.

Cómo presentarlo

  • Llevalo (impreso o en el celular) a la Mesa de Entradas correspondiente.
  • Pedí que te sellen y te pongan cargo con fecha: es tu comprobante de que lo presentaste.
  • Anotá el número de expediente que te den — lo vas a necesitar para hacer el seguimiento acá abajo.

Vista previa de tu pedido

Todo esto se genera en tu navegador: nada de lo que escribas acá se envía a ningún servidor.

Seguimiento de pedidos presentados

Cada fila es un pedido real ya presentado, cargado a mano cuando se presenta o se recibe una respuesta — ver cómo funciona el resto del portal con datos verificados y archivados.

  • (Ejemplo) Detalle de ejecución de gastos de compras y contrataciones del 1er trimestre 2026

    Presentado
    Fecha de presentación
    1 de abril de 2026
    Expediente
    EJEMPLO — sin expediente real

    Calculando días hábiles transcurridos…

    Este es un registro de EJEMPLO para mostrar cómo se ve el seguimiento -- no representa un pedido real presentado todavía. Reemplazá esta fila por tus propios pedidos a medida que los vayas presentando.